Artículo 25 de la Constitución Española:
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad
(estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social)
y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
y otra cosa los miles de muertos
(y no por la guerra civil solo)
Hablo de los represaliados asesinados que están en la cunetas
en las paredes de miles de pueblos
estos asesinos fueron amnistiados por franco y sus secuaces
Así que mucho cuidado con esto
la construcción la redactaron casi todos los partidos políticos en ese momento y se aprobó con una amplia mayoría ojo con eso
!!!!y ojo a mi moralmente me jode mucho
y que nadie se piense que yo no esté encontra que lo estoy!!!!
Pero ésto por desgracia va a ser usado
por todos los partidos políticos de cualquier tendencia
y no sigo más y podría
Una reflexión no estamos en campaña de autonómicas e municipales🤔
Entonces a qué viene que todos si si
todos los partidos usen este caso (muy delicado en cuanto a bildu y eta)
Esto lo tienen que decir los vascos en sus municipios o no es así
Y vuelvo a reiterar moralmente me jode
no confundir mi escrito creo que lo he dejado claro
Un abrazo
mikelakasmuto